Según explican desde el Servel, como en cada elección, se prohíbe la presencia de electores que pretendan ingresar al local de votación haciendo uso de elementos o frases que sean indicativas de propaganda en sus vestimentas o elementos sanitarios. Es decir, está prohibido utilizar mascarillas, camisetas, botellas de alcohol gel, etc., que promuevan alguna de las alternativas, ya sea del Apruebo o del Rechazo.
El protocolo sanitario establecido por el Servicio Electoral, obligatorio en este Plebiscito, estipula que en los locales de votación queda estrictamente prohibido utilizar material sanitario, o de cualquier otro tipo, que contenga propaganda referente a alguna de las opciones del Plebiscito.
Quien incumpla esto contraviene la normativa vigente del Plebiscito y además se expone a multas por propaganda electoral fuera de plazo, que según el artículo 138 de la Ley N° 18.700 pueden ir de 20 a 200 UTM.
Te dejamos algunos ejemplos por cualquier duda, para ayudar a que tu voto no se a objetado y puedas ejercer tu derecho sin problemas.